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1) El ms. incluye en los f.53r-f.53v una anotación con la fecha "Mad. 6 de Oct.re de 1689", en la que se pide que "Buelba a uer esta comedia Dn. Juº de uera y tassis y informe y con lo que dijiere se traiga = <rúbrica>". A continuación sigue esta anotación: "Señor expurgadas todas las proposiciones que el S.to tribunal confirma por malsonantes, escandalosas, asusibas, y con mezcla de profano y sacro, y pudiendo V.Sª por la auatoridad Regia permitir la representaçion de esta comedia, soy de pareçer que mandando V.Sª que no se pronuncia clausula borrada; y que se digan al fin los versos añadidos por la incertidumbre de la historia, puede V.S.ª dispensar por esta vez el que se represente este es mi sentir salvo &. Md. y Octubre 10 de 1689 <furna> D, Juº de Vera y Tassis <rúbrica>". Otra mano copia a continuación la siguiente licencia de representación, fechada en Madrid el 10 de octubre de 1689: "Mad 10 de ott.re de 1689= Hauiendo uisto estte segundo ymforme de D.n Juº de Vera, y el de el Dr. Don Juº de rueda que se ajusta a su dictamen se permite el representar esta comedia obseruandose todo lo que aduierte el ymforme de D.n Juº de Vera y Tassis - <rúbrica>". Después, en el f.54r, sigue otra licencia de representación fechada cuatro días más tarde: "De orden del S.r enquisidor jeneral y demas Sres enquisidores de la Suprema ynquisizion de este ?? he visto la comedia quyo titulo es bolberse rayo en laurel o seguir a Dios por maria y oseruado lo borado no allo en ella cosa contra nra. Santa fee y buenas costumbres y se adbierta que por auer dudadose en la berdad de la ystoria con algun fundamento deben dezirse vnos bersos que se pondran al fin de la comedia. este e mi sentir. Madird y octt.e a 14 de 1689 <firma> el D.or Juan de Rueda y Cueba <rúbrica>". Es posible que esta representación corriera a cargo bien de la compañía de Agustín Manuel de Castilla, bien de Damián Polope y Valdés
Prompter
Ventura de Castro?
Analyst
20García Reidy
Sources
Ms. 2500; DICAT
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